Comunicado: Sobre la vinculación de profesores ocasionales y catedráticos

Consejo Superior de la Universidad de Caldas

Secretaría

Directriz N° 01 del 2014


Emisión: enero 21 del 2014.


 A la administración de la universidad y a la comunidad universitaria

El Consejo Superior de la Universidad de Caldas, en sesión del pasado 20 de diciembre del 2013, acordó las siguientes directrices en cuanto a la vinculación de los docentes ocasionales y catedráticos para el 2014, mientras se aborda de manera integral la discusión de una nueva política de vinculación de profesores en esta modalidad.

 

1- Contratar a los docentes ocasionales hasta por 11 meses, dependiendo de las necesidades académicas.

 

2- Teniendo en cuenta el numeral anterior, se propone suspender de la minuta de los contratos de los docentes ocasionales la clausula 5ª.

 

3- Se contratará un estudio con una entidad externa, con el fin de determinar las necesidades reales de ampliación de planta docente. Dicho estudio tendrá como fecha límite de entrega el 31 de mayo del 2014 y se procurará contratar preferiblemente con la Universidad Nacional de Colombia, por su experiencia en el tema.

 

4- La concertación de la labor académica se realizará entre el director de departamento y el decano respectivo, teniendo en cuenta los parámetros indicados por el Acuerdo 055 (sobre labor académica).

 

5- La contratación de los docentes catedráticos seguirá siendo de acuerdo a los periodos académicos y a las necesidades de la labor académica.

 

FERNANDO DUQUE GARCÍA
Secretario del Consejo Superior
Universidad de Caldas

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