Lineamientos en materia de contratación durante el tiempo de aplicación de la Ley de Garantías Electorales

CIRCULAR N° 004 DE 2021 DE SECRETARÍA GENERAL
Lineamientos en materia de contratación durante el tiempo de aplicación de la Ley de Garantías Electorales

06/09/2021


La Secretaría General de la Universidad de Caldas a través  del Grupo interno de trabajo y contratación y convenios, emitió la circular 004 de 2021, por la cual informa los lineamientos que en materia de contratación estatal se deben adoptar conforme a la Ley de Garantías Electorales.

La circular se publica con el fin de que todos los actores de los procesos contractuales adopten las medidas necesarias para evitar traumatismos administrativos durante el tiempo de aplicación de la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005).

Fechas de elecciones:

  • Congreso de la República: Por medio de la Resolución N° 2098 de 2021, la Registraduría Nacional del Estado Civil estableció como fecha para estas elecciones el 13 de marzo de 2022.
  • Presidente y Vicepresidente: Por medio de la Resolución N° 4371 de 2021, la Registraduría Nacional del Estado Civil estableció como fecha para estas elecciones, en primera vuelta, el 29 de mayo de 2021. Aún no se ha fijado fecha para una eventual segunda vuelta.

En torno a las fechas anteriormente mencionadas, a partir de la expedición de la Ley de Garantías Electorales se adoptaron una serie de restricciones que buscan garantizar el ejercicio equitativo y transparente de la democracia representativa regulando diversos asuntos entre los cuales se encuentra la contratación en materia pública.

Las mismas estarán vigentes desde el 13 de noviembre de 2021 y hasta el 29 de mayo de 2022 o hasta la fecha en que eventualmente se realice la elección de segunda vuelta para el caso de Presidente y Vicepresidente.

Durante el tiempo que duren las prohibiciones , se podrá realizar adiciones, prorrogas, modificaciones, suspensiones o cesiones a los contratos, convenios o contratos interadministrativos celebrados con anterioridad al 28 de enero de 2022, siempre que se cuente con la debida justificación.

Conozca aquí la Circular N° 004 de 2021. 

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