Comunicado U. de Caldas 09-2016: Aclaración sobre el proceso de admisiones de la Universidad de Caldas y beneficios de admisión para Aspirantes Especiales

Vicerrectoría Académica Universidad de Caldas

 

A la comunidad universitaria

 

Comunicado N° 09 del 2016

 

Emisión: diciembre 13 del 2016, 5:00 p.m.

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ASUNTO: ACLARACIÓN SOBRE EL PROCESO DE ADMISIONES DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS Y BENEFICIOS DE ADMISIÓN PARA ASPIRANTES ESPECIALES

 

 

La Vicerrectoría Académica de la Universidad de Caldas y la Oficina de Admisiones y Registro Académico se permiten dar claridad con respecto al proceso de admisiones de la institución, luego de conocer el contenido del artículo publicado el día de hoy en el diario La Patria.

Nuestro proceso de admisiones tiene como criterio único de selección el puntaje obtenido por los aspirantes en las Pruebas de Estado SABER-11; además, se tienen establecidos porcentajes según las áreas del núcleo común y de acuerdo con las ponderaciones definidas normativamente por la institución para cada programa.

 

El Acuerdo 002 de 2014 del Consejo Académico establece lo siguiente:

 

“…Todos los aspirantes inscritos entrarán a concursar por los cupos ofrecidos en cada convocatoria de admisión mediante la presentación de sus ponderados de la prueba de estado para ingreso a la educación superior, independientemente de la categoría en la que se hayan inscrito, y serán seleccionados en estricto orden de ponderado…”.

 

Así mismo, el artículo 9º del Acuerdo 049 de 2007 del Consejo Académico (Reglamento Estudiantil), establece lo siguiente:

 

“Los aspirantes especiales son aquellos que se identifican por una de las siguientes condiciones particulares ya sea de carácter académico o social y que pretenden ingresar a un Programa de pregrado: Distinción Andrés Bello Nacional o Departamental…, Mejor bachiller…, Comunidades indígenas…, Comunidades Afrodescendientes…, Ciclo complementario…, Reservista…, Bachilleres de Departamentos en donde no existen sedes de educación superior…, Bachilleres provenientes de colegios ubicados en municipios de difícil acceso o con problemas de orden público…, Bachilleres Isleños…, Bachilleres Desplazados”.

 

En el caso de los bachilleres con “Distinción Andrés Bello”, la Universidad de Caldas debe acatar el proceso establecido para el otorgamiento de cupos a quienes adjunten la certificación emitida por el ICFES como expresa la norma nacional.

 

Con respecto a los cuatro casos puntuales expuestos en el diario La Patria, los aspirantes presentaron nuevamente sus pruebas SABER 11 (ICFES) y con estos resultados obtuvieron la distinción y, posteriormente, el cupo a la Universidad.

 

Se aclara a la opinión pública que no es función de la Universidad de Caldas emitir este tipo de certificados, sino exclusivamente del ICFES. Así mismo, en su condición de institución pública de educación superior cumple con lo establecido en las normas y directrices de carácter nacional.

 

En aras de la transparencia y en defensa de un proceso institucional que se lleva a cabo de acuerdo con los lineamientos internos y externos establecidos, garantizando además igualdad de oportunidades para todos los aspirantes, la Oficina de Admisiones y Registro Académico y esta Vicerrectoría están prestas a atender, resolver o aclarar cualquier solicitud e inquietud que se pueda presentar.

 

Para fines informativos se adjuntan las certificaciones emitidas por el ICFES.

 

 

 

 

ORLANDO LONDOÑO BETANCOURT

Vicerrector Académico

 

 

 

 

PAULA MARCELA RESTREPO LÓPEZ

Jefe

Oficina de Admisiones y Registro Académico

 

Anexo 1

Anexo 2

Anexo 3

Anexo 4

 

 

 

 

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