Comunicado Consejo Académico

PROPUESTA PARA MODIFICAR EL CALENDARIO ACADÉMICO

Comunicado Consejo Académico

14/10/2020

Mediante un comunicado expedido por el Consejo Académico de la Universidad de Caldas, esta corporación presenta una propuesta para ser analizada por la comunidad universitaria referente al calendario académico.

El texto del comunicado es el siguiente:

 

Teniendo en cuenta la profundización de la democracia institucional que se logró en la última actualización del Estatuto General (Acuerdo 047 de 2017 del Consejo Superior), en la cual los Decanos se consideran representantes de su Facultad, dado que son la máxima autoridad de su Facultad y la representan ante los órganos de gobierno universitario (Artículo 28 del Estatuto General); los directores de departamento son elegidos directamente por el colectivo docente (artículo 35 del Estatuto General) conformado por: profesores de carrera, especiales y ocasionales (artículo 84 del Acuerdo 049 de 2018 Estatuto Electoral), y entre ellos eligen quién los representa ante el Consejo Académico; los directores de programa se eligen en los Consejo de Facultad (Artículo 40 del Estatuto General) y entre ellos eligen quién los represente ante el Consejo Académico; los profesores eligen dos profesores que los represente ante este cuerpo colegiado, al igual que a los estudiantes, y los graduados (para este caso un representante).

 

Por tales razones, hoy en día el Consejo Académico puede considerarse, además de la máxima autoridad académica de la institución, una Corporación de representantes y, como tal, como un interlocutor válido ante la comunidad universitaria. En este sentido, el Consejo Académico presenta la siguiente propuesta para ser analizada por la comunidad universitaria:

 

  1. Teniendo en cuenta las dificultades que se han presentado en la implementación del SIA, las consecuencias de la pandemia en la cotidianidad de profesores y estudiantes, y el gran esfuerzo realizado por profesores y estudiantes en lo atinente a desarrollar procesos de aprendizaje y enseñanza basados en actividades remotas y TIC, se propone modificar el calendario académico, específicamente en su fecha de culminación, para el 20 de marzo de 2021, con lo cual se estaría corriendo en 4 semanas la finalización del período académico 2020.

 

  1. Esta ampliación en la programación podría satisfacer las solicitudes de las asambleas de profesores y estudiantes relacionadas con las adecuaciones a la plataforma del SIA y con la necesidad de obtener un descanso, entendido como descanso remunerado (vacaciones), entre el 19 y el 30 de octubre inclusive, o entre el 26 de octubre y el 6 de noviembre de 2020 inclusive.

 

  1. A partir de la fecha y aprovechando este interregno de tiempo, se agilizaría la estabilización del nuevo SIA y se avanzaría en la adecuación de su parametrización derivada de las asesorías con grupos focales en las Facultades, por parte de los ingenieros de la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas y de la empresa Entelgy. Tal y como sucedió en la Facultad de Artes y Humanidades, se espera que en estas asesorías individualizadas se logre superar una alta proporción de las dificultades que hoy se tienen.

 

  1. Bajo estas circunstancias, la programación académica para el año 2021 incluiría la culminación del segundo momento del año 2020, el primer periodo académico del año 2021, el receso entre períodos para la realización de actividades administrativas tipo matrícula e inscripción de actividades académicas, y la parte inicial del segundo semestre del año 2021, de tal manera que se regresaría a la programación convencional por semestres académicos.

 

  1. En cumplimiento de lo contenido en el Decreto 491 de 2020 en su artículo 15, el cual dispone lo siguiente: “Artículo 15. Prestación de servicios durante el período de aislamiento preventivo obligatorio. Durante el período de aislamiento preventivo obligatorio las autoridades dispondrán las medidas necesarias para que los servidores públicos y docentes ocasionales o de hora cátedra de instituciones de educación superior públicas cumplan sus funciones mediante la modalidad de trabajo en casa, ‘haciendo uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. En ningún momento la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica y la declaratoria de Emergencia Sanitaria, así como las medidas que se adopten en desarrollo de las mismas, podrán suspender la remuneración mensual o los honorarios a los que tienen derecho los servidores públicos o docentes ocasionales o de hora cátedra de instituciones de educación superior pública, respectivamente.”, es claro para este Consejo que, a pesar de la propuesta de modificación del calendario académico, los docentes terminarían sus obligaciones el 18 de diciembre de 2020, al cumplir con la programación de las actividades académicas establecidas hasta la misma fecha (Acuerdo 12 de 2020 de Consejo Académico y sus modificaciones).

 

  1. Finalmente, esta Corporación considera pertinente recomendar al Consejo Superior que la labor académica y, por ende, la docencia directa de 2021 para profesores de carrera y ocasionales de hasta por 11 meses, esté constituida por la culminación del segundo momento de 2020 (18 de enero a 20 de marzo de 2021), el primer semestre de 2021, y lo que se alcance a desarrollar del segundo semestre del 2021.

 

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Informes: Oficina de Comunicaciones y Prensa Universidad de Caldas.

Redacción: Adriana Salazar Villegas

 

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