Gestión en seguridad & salud en el trabajo

Consultar de riesgos y peligros Universidad de Caldas 

INDUCCION AL SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS

El Decreto 1072/2015 establece las directrices de obligatorio cumplimiento para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo de la Universidad, que deben ser aplicadas por toda la comunidad universitaria.

OBJETIVOS

Los objetivos de la Inducción en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional buscan mantener el más alto bienestar físic, mental y social de los trabajadores de la Universidad, previniendo los daños causados a su salud por las condiciones del trabajo y contribuyendo a la eliminación o reducción de la accidentalidad y la generación de enfermedades laborales.

DEFINICIONES

  • Elementos de Protección Personal: (EPP): Son los elementos y dispositivos diseñados para proteger las partes del cuerpo del trabajador, que se encuentran expuestos a riesgos durante el ejercicio de una labor.
  • Enfermedad Laboral: Es la enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Laborales, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales, actualizando la tabla correspondiente cada tres años.
  • Riesgo: Es la probabilidad de un trabajador de accidentarse o enfermarse como consecuencia de no controlar el riesgo existente al realizar su labor
  • Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas, o una combinación de estos.

Los principales peligros en la Universidad de Caldas son:

Psicosocial

Ergonómico o biomecánico

Químico

Locativo

Publico 

  • Accidente de Trabajo: Es accidente de trabajo, todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. (Ley 1562 de 2012 artículo 3)

Cómo reportar un presunto accidente de Trabajo:

1. Se deben prestar los primeros auxilios a la persona accidentada

2. Se debe informar  al jefe inmediato responsable  del trabajador

para reportar el accidente al Programa  de Seguridad y Salud en el Trabajo al teléfono 8781500 extensión 18423, quien a su vez lo reportará ante la ARL, dentro de las primeras 48 de ocurrido. Si se reporta después de este plazo, quedará como extemporáneo, so pena de una posible sanción.

3. También se puede reportar el Presunto Accidente de Trabajo telefónicamente a través de la Línea Positiva 01 8000 941541 opción 2 o # 533 desde cualquier celular.

4. El trabajador accidentado se desplazará a una IPS perteneciente a la red asistencial de Positiva más cercana al lugar del accidente para ser atendido, presentando el Formato Único de Reporte de Presunto Accidente de Trabajo (FURAT).

COPASST 2015- 2017

(Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo) 

Es un organismo asesor conformado por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores con sus respectivos suplentes, en función de promover las actividades de Seguridad y salud al interior de la Institución.

Periodo de vigencia dos (2) años 

Integrantes 

1 Andrés Felipe Sánchez Jaramillo

2 María Trinidad Ciro García

3 Martha Lucia García Castaño

4 Julio Cesar Caicedo Erazo

5 Andrea Marcela Valencia Quintero

6 María del Pilar Arias Ortegón

7 German Darío Herrera Saray

8 María Eugenia Pico Merchán

9 José Jesús Ramos Giraldo

10 Rosa Elena Gonzales Pérez

11 Sandra Milena Ortiz Alarcón

12 Sebastián Cano Echeverry

13 Orlando Castro Alarcón

14 Sandra Liliana García Ramírez

          

          Obligaciones de los trabajadores:

  • Procurar el cuidado integral de su salud;
  • Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud;
  • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa;
  • Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo;
  • Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG–SST; y
  • Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

Comunicar inmediatamente a Seguridad y Salud en el Trabajo los accidentes de trabajo

Evaluaciones medicas Ocupacionales,

Exámenes complementarios y para clínicos,

Programa de Vigilancia Epidemiológica.

Contacto: salud.ocupacional@ucaldas.edu.co  teléfono 8781500 ext 18423.

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