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Al Día – Consejo Académico U. de Caldas oficializa derogación de vacaciones anticipadas

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logohomeeENTRÓ EN VIGENCIA DESDE EL 30 DE OCTUBRE DEL 2013

Consejo Académico U. de Caldas oficializa derogación de vacaciones anticipadas

Mediante el Acuerdo 35 del 2013, el Consejo Académico de la Universidad de Caldas derogó la directriz de vacaciones anticipadas para los estudiantes de la institución (consúltelo aquí), que se consolidó el pasado 19 de octubre, por medio delAcuerdo 31 del 2013.

La derogación entra en vigencia desde su oficialización este 30 de octubre del 2013, considerando “que tanto la asamblea general de estudiantes como docentes, decidieron retornar a la normalidad académica”, entre otros aspectos.

Esta decisión “permitirá restablecer la normalidad académica en la totalidad de programas académicos de la Universidad de Caldas”, según se afirma en el mencionado acuerdo (35 del 2013).

Informes: Oficina de Prensa, teléfono 878 15 00 extensión 12 167.

 

Al Día – 5 programas más cuentan con excepcionalidad de vacaciones, por el Consejo Académico

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logohomeeTRABAJO SOCIAL; A. PLÁSTICAS, LIC. BIOLOGÍA Y QUÍMICA; VETERINARIA, Y AGRONOMÍA

5 programas más cuentan con excepcionalidad de vacaciones, por el Consejo Académico

23/10/2013
Redacción: Carlos Eduardo García
Jefe de Prensa U. de Caldas

Trabajo SocialArtes PlásticasLicenciatura en Biología y QuímicaMedicina Veterinaria y Zootecnia, y IX y X semestre de Agronomía son los nuevos programas de la Universidad de Caldas cubiertos por la excepcionalidad a la decisión de vacaciones anticipadas, expedida por el Consejo Académico el pasado 19 de octubre del 2013 (ver nota).

Así lo determinó en sesión de hoy 23 de octubre del 2013 el Consejo Académico, mediante el Acuerdo 33 del 2013 (ver aquí), luego de analizar la solicitud de dichos programas para que se les aplicara la excepcionalidad de tal manera que pudieran continuar con las respectivas actividades académicas.

Estos programas se suman a Desarrollo FamiliarDerechoHistoria y Licenciatura en Ciencias Sociales, quienes oficializaron este 21 de octubre del 2013 ante el Consejo Académico de la U. de Caldas la solicitud de aplicar la misma excepcionalidad (ver nota). Igualmente a la Facultad de Ciencias para la Salud, para la cual se aprobó desde el pasado 19 de octubre del 2013.

Este 22 de octubre, las directivas de la U. de Caldas anunciaron (ver comunicado) los espacios en colegios de Manizales para que se puedan efectuar las clases de los programas cubiertos por la excepcionalidad de vacaciones, en vista del bloqueo de los campus de la U. de Caldas.

En cuanto al bloqueo que impide retomar la normalidad en el campus Versalles para la Facultad de Ciencias para la Saludse están evaluando alternativas para garantizar las actividades académicas de esta facultad.

A esta hora (5:20 p.m.) continúa la sesión del Consejo Académico en la que se analizan varios aspectos de la actual situación de la U. de Caldas.

Informes: Oficina de Prensa, correo electrónico ofiprensa@ucaldas.edu.co yjefe.prensa@ucaldas.edu.co

 

 

Al Día – Secretaría General emite concepto jurídico, sobre medidas para ocasionales y catedráticos

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boletin2-intranetSUSTENTACIÓN LEGAL PARA LA SUSPENSIÓN DE CONTRATOS Y SUS EXCEPCIONALIDADES
Secretaría General emite concepto jurídico,
sobre medidas para ocasionales y catedráticos

22/10/2013

Redacción: Carlos Eduardo García
Jefe de Prensa U. de Caldas

La Secretaría General de la Universidad de Caldas emitió hoy 22 de octubre del 2013 un concepto jurídico en el que se explica la sustentación legal de las medidas de suspensión de contratos para profesores ocasionales y catedráticos desde el pasado 1 de octubre del 2013, al igual que la excepcionalidad que se aplica para aquellos que continúan en labores académicas en programas que declararon normalidad académica.

El documento completo emitido por dicho despacho consta de 11 páginas está disponible aquí para su consulta, lo cual es importante para entender el contexto y la argumentación sobre cada uno de sus puntos.

Fernando Duque García, Secretario General de la U. de Caldas, expresa en el documento, entre otros puntos,  “en la actualidad el Decreto 1737 de 2009 dispone ‘El pago de la remuneración a los servidores públicos del Estado corresponderá a servicios efectivamente prestados, los cuales se entenderán certificados con la firma de la nómina por parte de la autoridad competente al interior de cada uno de los organismos o entidades’”.

Además, que el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) emitió unconcepto jurídico el 21 de julio del 2011 dirigido a la U. de Caldas, en el que se concluye que “La Corte Constitucional ha señalado que resulta improcedente reconocer y pagar salarios por servicios no prestados efectivamente a la Entidad sin justificación legal”

“Ello implicaría permitir un enriquecimiento sin causa a favor del servidor, en detrimento de la administración pública (Sentencias T-927 del 10 de octubre de 2003 y T-331 A del 2 de mayo de 2006). Indica que no existe en cabeza del servidor público el derecho a la remuneración por los días laborados sin justificación legal y por ende, tampoco surge para el Estado la obligación de pagarlos”, se expresa en dicho concepto del DAFP.

Desde el Consejo de Estado

También se cita un pronunciamiento proferido por el Consejo de Estado en el 2010, en el cual fue analizada la constitucionalidad y legalidad de la declaratoria administrativa de ordenar el “no pago de días no laborados por los Servidores Públicos del Sector Educativo y se deroga el Decreto 1838 de 25 de mayo de 2007”.

El Consejo de Estado conceptuó: “No es cierto que haya violación al bloque de constitucionalidad pues ninguno de los instrumentos internacionales a los que se halla vinculada Colombia, establece que aún en estado de cesación de actividades, deba mantenerse el pago del salario”.

La Secretaría General de la U. de Caldas concluye en el concepto que la medida adoptada por la rectoría es proporcional a la situación jurídica que le sirve de causa.

“En efecto, el no remunerar servicios personales que no fueron ejecutados, constituye una expresión lógica del principio de prohibición del enriquecimiento sin justa causa, e igualmente, representa el sentido de  las disposiciones normativas y jurisprudenciales vigentes en la materia, que -como se explicó- honran el criterio adoptado por la institución”, se expresa en el mencionado concepto.

Excepcionalidad para profesores que continúan en labores

El concepto emitido por la Secretaría General indica que la resolución rectoral N° 891 del 2013, en la que suspenden los contratos de profesores ocasionales y catedráticos -desde el pasado 1 de octubre del 2013- dispuso en sus artículos 1 y 2 una doble excepcionalidad.

La primera es que se exonera de la medida de suspensión de las vinculaciones a los docentes ocasionales y catedráticos de la Facultad de Ciencias para la Salud. La segunda es a aquellos docentes que efectivamente presten el servicio docente, durante el periodo de excepcionalidad académica, con la respectiva acreditación administrativa.

“Dicha configuración del acto administrativo, obedece a que la fuente jurídica que causa el derecho a la formalización de la vinculación y su respectivo pago, se cumple a cabalidad en tales eventos. Tal interpretación, salvaguarda la primacía de la realidad sobre las formas establecidas, y el principio de la remuneración mínima vital y móvil proporcional a la actividad laboral efectivamente prestada”, según el concepto jurídico de la Secretaría General U. de Caldas.

La Secretaría General de la U. de Caldas insiste en la importancia de consultar completo dicho concepto jurídico (descárguelo aquí)

Informes: Oficina de Prensa, correo electrónico ofiprensa@ucaldas.edu.co yjefe.prensa@ucaldas.edu.co

 

Al Día – Consejo Académico aprobó excepcionalidad de vacaciones para cuatro programas

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boletínestra-intranetDESARROLLO FAMILIAR, DERECHO, HISTORIA Y LICENCIATURA EN CIENCIAS SOCIALES
Consejo Académico aprobó excepcionalidad
de vacaciones para cuatro programas

22/10/2013
Redacción: Carlos Eduardo García
Jefe de Prensa U. de Caldas

Los programas de Desarrollo FamiliarDerechoHistoria y Licenciatura en Ciencias Sociales oficializaron este 21 de octubre del 2013 ante el Consejo Académico de la Universidad de Caldas la solicitud de aplicar la excepcionalidad a la decisión de vacaciones anticipadas, expedida por dicha corporación el pasado 19 de octubre del 2013 (ver nota).

“Las asambleas de estudiantes de dichos programas, por amplias mayorías decidieron declararse en normalidad académica y por consiguiente solicitan expresamente al Consejo Académico que se les aplique la excepcionalidad y se les brinden plenas garantías para volver a clase”, según el Secretario General, Fernando Duque García.

Los documentos fueron enviados de manera independiente por dichos programas y sus solicitudes fueron aprobadas ad referendum por el Consejo Académico en la mañana de hoy 22 de octubre del 2013, dado que “se configuran idénticas circunstancias que permitieron la excepción a favor de los programas de la Facultad de Ciencias para la Salud”, expresó Duque García.

La excepcionalidad de vacaciones para los programas de Desarrollo Familiar, Derecho, Historia y Licenciatura en Ciencias Sociales rige a partir de hoy.

Actualmente las directivas de la U. de Caldas están gestionando espacios en colegios de Manizales para que se puedan efectuar las clases, dado que ayer lunes 21 de octubre la Asamblea Multiestamentaria ordenó el bloqueo de los campus de la U. de Caldas. Además, se está trabajando en torno a brindar todas las garantías académicas para que las labores se lleven a cabo con calidad y de manera flexible.

Contexto

El pasado sábado 19 de octubre del 2013 el Consejo Académico U. de Caldas declaró vacaciones anticipadas para los estudiantes de pregrado de los programas regulares, conexcepcionalidades para todos los programas de la Facultad de Ciencias para la Salud, como para las prácticas educativas de las licenciaturas, programas especiales y postgrados.

En el artículo 3 del Acuerdo 31 del 19 de octubre del 2013, por medio del cual se declararon vacaciones anticipadas indefinidas, se indicó: “En caso de que algún otro programa o facultad solicite la excepción, el Consejo Académico la estudiará en el momento oportuno.»

– Consulte aquí la petición de excepcionalidad de vacaciones del programa de Desarrollo Familiar

– Consulte aquí la petición de excepcionalidad de vacaciones del programa de Derecho

– Consulte aquí la petición de excepcionalidad de vacaciones de los programas de Historia

 y Licenciatura en Ciencias Sociales

Informes: Oficina de Prensa, correo electrónico ofiprensa@ucaldas.edu.co yjefe.prensa@ucaldas.edu.co

 

 

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