Directrices para la designación de supervisores para contratos y convenios en la Universidad de Caldas

Directrices para la designación de supervisores para contratos y convenios en la Universidad de Caldas

SECRETARÍA GENERAL – GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE CONTRATACIÓN Y CONVENIOS
Directrices para la designación de supervisores para contratos y convenios
en la Universidad de Caldas

04/10/2021

La Secretaría General y el Grupo Interno de Trabajo de Contratación y Convenios, informan sobre las directrices para la designación de supervisores para contratos y convenios en la institución.

La presente circular informa que la supervisión de contratos y convenios solo debe designarse a cualquiera de los funcionarios pertenecientes a los niveles asistencial, técnico, profesional, asesor o directivo; por lo que las personas que ostenten la calidad de contratistas, no podrán ser elegidas para tal fin.

La supervisión, al ser responsabilidad directa de la entidad estatal, no puede ser encomendada a personal externo a la misma, es decir, personas vinculadas mediante contratos de prestación de servicios u órdenes de servicio.

Conozca aquí las directrices. 

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